LABORALES

Artículo IUS 802717. JUBILACION, SALARIO BASE PARA EL COMPUTO DE LA.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

JUBILACION, SALARIO BASE PARA EL COMPUTO DE LA.

Por salario percibido en nómina, y para los efectos de la pensión jubilatoria, debe entenderse el ordinario, que en forma regular o periódica, con todas las ventajas económicas establecidas en el contrato, recibe el obrero, esto es, para la tabulación del salario se requiere que todas las adiciones al mismo se incluyan en los contratos respectivos de manera permanente.

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Registro digital (IUS): 802717

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 56

Precedentes

Amparo directo 5365/56. Ferrocarriles Nacionales de México. 5 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802717 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802717 de la J. Laborales SCJN?

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