Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Para que un trabajador pueda faltar a sus labores mediante permiso, es indispensable que éste sea concedido por el patrón, quien es el único que conoce a fondo sus necesidades de trabajo.
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Registro digital (IUS): 802773
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Quinta Parte; Pág. 21
Amparo directo 8631/65. Compañía Azucarera de los Mochis, S. A. 9 de octubre de 1967. Cinco votos. Ponente: Manuel Yañez Ruiz.Sexta Epoca, Quinta Parte:Volumen XLV, página 25. Amparo directo 6416/60. José María Morales Rodríguez y coagraviados. 23 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.Nota: En el Volumen XLV, página 25, la tesis aparece bajo el rubro "FALTAS JUSTIFICADAS, DEBER DE DAR AVISO AL PATRON.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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