LABORALES

Artículo IUS 802776. DICTAMEN. EL HECHO DE QUE NO SEA FORMULADO POR EL AUXILIAR DEL GRUPO ES UNA VIOLACION QUE NO CAUSA PERJUICIO ALGUNO AL QUEJOSO.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

DICTAMEN. EL HECHO DE QUE NO SEA FORMULADO POR EL AUXILIAR DEL GRUPO ES UNA VIOLACION QUE NO CAUSA PERJUICIO ALGUNO AL QUEJOSO.

Si un dictamen fue discutido y aprobado, y el laudo aparece dictado por los integrantes de la Junta, la circunstancia de que el dictamen haya sido formulado por funcionario distinto del auxiliar del Grupo correspondiente constituye una violación que no causa perjuicio alguno al agraviado, toda vez que es dicho laudo el que puede causar agravio y no el aludido dictamen, ya que éste es un simple proyecto de resolución que queda sujeto a la aprobación de los miembros de la Junta.

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Registro digital (IUS): 802776

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Quinta Parte; Pág. 16

Precedentes

Amparo directo 8992/61. Enrique de los Cobos Esqueda. 4 de septiembre de 1964. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LXXXVI, Quinta Parte, página 21, de rubro "DICTAMEN, EL HECHO DE QUE NO SEA FORMULADO POR EL AUXILIAR DEL GRUPO NO AMERITA LA CONCESION DE AMPARO.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802776 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802776 de la J. Laborales SCJN?

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