LABORALES

Artículo IUS 803356. ABANDONO DE TRABAJO, EXCEPCIÓN DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladasexta-Épocalaboral

Texto Legal

ABANDONO DE TRABAJO, EXCEPCIÓN DE.

El abandono del trabajo hecho valer como excepción no significa que el patrón rescinde el contrato de trabajo, sino que aduce que fue el trabajador quien lo dio por rescindido al abstenerse de cumplir las obligaciones contraídas en el mismo, especialmente la de prestar el servicio convenido.

---

Registro digital (IUS): 803356

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Quinta Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo directo 504/59. Isauro Rivera Carreto. 26 de agosto de 1960. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803356 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803356 de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 803356 del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 803356 LABORALES desde tu celular