LABORALES

Artículo IUS 804044. EMPRESAS MADERERAS. COMPETENCIA LABORAL.

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

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Texto Legal

EMPRESAS MADERERAS. COMPETENCIA LABORAL.

Si el actor no comprobó en ninguna forma que la empresa maderera demandada ejercite sus actividades mediante concesión del Gobierno Federal, caso en que los conflictos que tuviere con sus trabajadores o empleados, deberían ser conocidos y resueltos por las autoridades federales del trabajo; y ni siquiera comprobó tuviera el permiso o autorización de la Secretaría de Agricultura y Ganadería a que se refiere el artículo 4o. transitorio, de la Ley Forestal vigente, la competencia que se dirime debe ser resuelta en favor de la autoridad local del trabajo.

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Registro digital (IUS): 804044

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVI, Primera Parte; Pág. 145

Precedentes

Competencia 90/55. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación del Estado de Campeche y la Junta Federal de Conciliación Accidental en el Estado de Campeche. 21 de junio de 1960. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Angel Carvajal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804044 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804044 de la J. Laborales SCJN?

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