LABORALES

Artículo IUS 804085. TRABAJADORES FERROVIARIOS, CREACION DE NUEVAS PLAZAS PARA LOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJADORES FERROVIARIOS, CREACION DE NUEVAS PLAZAS PARA LOS.

Como la cláusula 191 del contrato colectivo de trabajo que rige para los Ferrocarriles Nacionales de México y sus trabajadores, es en el sentido de que la empresa atenderá las peticiones justificadas de aumento de personal y salario que presente el sindicato, debe estimarse que dicha convención no obliga a la empresa precisamente a aceptar todas las peticiones del sindicato, sino a atenderlas con la condición de que sean justificadas; por ello, para que un laudo que condena a la empresa a la creación de una nueva plaza esté debidamente fundado en dicha cláusula contractual, deberá expresar los hechos o circunstancias que justifiquen dicha creación.

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Registro digital (IUS): 804085

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 856

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 3701/54. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804085 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804085 de la J. Laborales SCJN?

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