Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Prescribe en un año, conforme al artículo 328 de la Ley Federal del Trabajo, la acción para reclamar el descenso de categoría de un trabajador, pues el plazo de un mes que señala la fracción III del artículo 329 del mismo ordenamiento, es aplicable solamente a la acción de cumplimiento de contrato por despido, o sea al caso en que el vínculo contractual se ha roto.
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Registro digital (IUS): 804339
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1903
Amparo directo en materia de trabajo 3792/49. San Francisco Mines of Mexico, Limited. 18 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Martínez Adame. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 804338. TRABAJADORES, FALTAS COMETIDAS POR LOS.
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