LABORALES

Artículo IUS 804727. INDEMNIZACION POR RIESGO PROFESIONAL, BASE PARA EL CALCULO DE LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

INDEMNIZACION POR RIESGO PROFESIONAL, BASE PARA EL CALCULO DE LA.

La fracción XIV del artículo 123 constitucional, al señalar las responsabilidades de los patrones en los accidentes y enfermedades profesionales emplea la expresión "de acuerdo con las leyes", es decir, que deja a las leyes que se expidan sobre materia de trabajo o cualquier otra relacionada con la misma es precisar la forma y cuantía en que la indemnización deba pagarse. En consecuencia, el artículo 294 de la Ley Federal del Trabajo, al señalar como base para definir el monto de la indemnización por muerte el salario máximo de doce pesos diarios, no se excede del contenido del precepto constitucional mencionado.

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Registro digital (IUS): 804727

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2094

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 4097/53. Mendoza R. Marcelina. 26 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804727 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804727 de la J. Laborales SCJN?

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