Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
El artículo 532 de la Ley Federal del Trabajo concede a los miembros de las Juntas la facultad de solicitar el desahogo de diligencias para mejor proveer; pero esto no significa en manera alguna que a pretexto del ejercicio de esa facultad se substituyan a las partes en sus cargas procesales, de suerte que si el actor o el demandado no rinden pruebas de sus acciones o excepciones, alguno de los representantes pueda hacerlo a título de que existe necesidad de mayor instrucción para mejor proveer, pues las pruebas que con este objeto se alleguen, deben contraerse a las que hagan luz sobre aquellos hechos que no se han acreditado con toda claridad o precisión, mas no tender a suplir las omisiones o negligencias de los interesados.
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Registro digital (IUS): 804794
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2379
Amparo directo en materia de trabajo 1433/53. Guereña Murillo Manuel. 6 de marzo de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Martínez Adame.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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