LABORALES

Artículo IUS 804856. SALARIO, PRESTACIONES QUE FORMAN PARTE DEL.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

SALARIO, PRESTACIONES QUE FORMAN PARTE DEL.

Tratándose de trabajadores que por necesidades de la empresa rebasen el tiempo de la jornada normal contractual y presten servicios en los llamados turnos continuos, y que perciban el pago del tiempo extraordinario permanente, es equitativo y jurídico que las diversas prestaciones a que son acreedores en los términos del contrato y de la ley, les deban ser calculadas en función no sólo de salario tabulado, sino además, del que regularmente se les viene satisfaciendo como trabajo extraordinario permanente, pues el pago se les hace a cambio de la labor ordinaria que ejecutan.

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Registro digital (IUS): 804856

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 773

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 8659/47. The Central México Light and Power Company. 24 de agosto de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfonso Guzmán Neyra.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804856 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804856 de la J. Laborales SCJN?

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