Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
La parte demandada en un procedimiento laboral, no tiene el deber de precisar cuál o cuáles pruebas pendientes de desahogo requieren gestión del actor para que continúe el procedimiento, ya que toda prueba pendiente, cualquiera que sea, requiere dicha gestión.
---
Registro digital (IUS): 805423
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 86
Amparo en revisión en materia de trabajo 4467/47. Petróleos Mexicanos. 1o. de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 805420. DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS, AMPARO CONTRA LA NEGATIVA A DECLARAR EL.
Siguiente
Art. IUS 805425. TRABAJADORES, ESTIPULACIONES QUE EN EL CONTRATO LABORAL SON NULAS POR CONTENER RENUNCIA DE DERECHOS DE LOS.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo