Tesis aislada · Séptima Época · Cuarta Sala
El documento debidamente reconocido ante la Junta donde se asiente que el trabajador recibió determinada cantidad como liquidación total de sus salarios y además da por terminada la relación laboral que lo ligaba con el patrón, constituye prueba suficiente de que renunció al trabajo libre y espontáneamente y, por tanto, de que no existió despido injustificado.
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Registro digital (IUS): 805560
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1973, Parte II; Pág. 60
Amparo directo 5944/72. Angel Arellano Gutiérrez. 3 de mayo de 1973. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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