LABORALES

Artículo IUS 805768. VACACIONES.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

VACACIONES.

Si no obstante que la parte demandada no acreditó que los quejosos hubieran disfrutado de vacaciones, ni que en su caso, se las hubieran pagado, el laudo reclamado, a pesar de que en su parte considerativa omite ocuparse de esta acción, en su parte resolutiva absuelve a dicha parte demandada por cuanto al pago de vacaciones, procede amparar a los referidos quejosos para el efecto de que la Junta estudie la acción ejercitada, en lo tocante a la prestación aludida, y teniendo en cuenta las probanzas rendidas sobre el particular, resuelva lo que estime prudente.

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Registro digital (IUS): 805768

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1692

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 7566/47. Estrada González Mónica y coags. 26 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805768 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805768 de la J. Laborales SCJN?

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