Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Si al contestar la demanda, el patrón negó la existencia de la relación contractual de trabajo, y en el juicio se acreditó su existencia, el laudo que lo condena sobre la base del salario que el actor señaló en su demanda, no es violatorio de garantías en su perjuicio, pues tocaba al demandado probar cuál era el monto de dicho salario, si lo consideraba diferente del sañalado en la demanda, y si no lo hizo precisamente por la negativa, rotunda de la existencia de la relación laboral, la Junta procedió legalmente al condenar conforme al precisado en la demanda.
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Registro digital (IUS): 805863
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2067
Amparo directo en materia de trabajo 761/48. Compañía Maderera "El Bosque", S. A. 8 de septiembre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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