LABORALES

Artículo IUS 805986. DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS, CONTRA LA NEGATIVA A DECLARARLO, PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS, CONTRA LA NEGATIVA A DECLARARLO, PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO.

Las resoluciones que dicten las Juntas Federales o Municipales de Conciliación, y las Centrales o Federales de Conciliación y Arbitraje, cuando una parte interesada solicita la aplicación del artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, negándose a acceder a esa petición, o a decidirla favorablemente, constituyen actos en el procedimiento, que tienen, sobre las partes, una ejecución que es de imposible reparación, supuesto que no pueden ser objeto de examen en el laudo que resuelva en definitiva el conflicto obrero patronal, y por tanto, dan derecho a los afectados, con esas propias resoluciones, para que interpongan su demanda correspondiente, en amparo indirecto, por hallarse incluso el caso, en las fracciones IX del artículo 107 de la Constitución Federal y IV del artículo 114 de la Ley de Amparo.

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Registro digital (IUS): 805986

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 175

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 3435/46. La American Smelting and Refining Company, Planta Avalos. 8 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.Quinta Epoca:Tomo XCIII, página 558. Amparo en revisión en materia de trabajo 1808/46. San Francisco Mines of México Limited. 11 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Luis G. Corona.Tomo XCII, página 2627. Indice Alfabético. Amparo en revisión 1280/46. Sociedad Cooperativa de Ejidatarios y Obreros del Ingenio "Emiliano Zapata", S. C. de R. S. de P. E. 18 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Luis G. Corona.Tomo XCII, página 261. Amparo en revisión en materia de trabajo 5184/46. Compañía Carbonífera de Sabinas y coagraviados. 11 de abril de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Antonio Islas Bravo. Tomo XCII, página 190. Amparo en revisión en materia de trabajo 5283/46. Petróleos Mexicanos. 10 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Luis G. Corona.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805986 del LABORALES?

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