Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Es infundado lo alegado en el sentido de que indebidamente el inferior negó el amparo estableciendo que como no consta en autos, que se hubiera hecho saber al actor la resolución de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, negándose a designar perito en representación de la parte demandada, no se pudo estimar que el actor dejó pasar el término de tres meses desde que tuvo conocimiento del acuerdo de dicha procuraduría, pues que de acuerdo con los artículos 442 y 443 de la Ley Federal del Trabajo, la parte actora quedó notificada legalmente desde el día siguiente a aquél en que la Procuraduría del Trabajo presentó su escrito, negándose a designar perito, pues no se trataba de casos en que la notificación debía ser personal, y sin embargo, la indicada parte actora dejó pasar tres meses sin promover; porque en el caso no debe tomarse como punto de partida para contar la inactividad del actor, la fecha de presentación del oficio de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en que se negó a designar el perito, porque tal oficio no implica una actuación de la responsable, ya que la susodicha procuraduría, no forma parte del tribunal del trabajo.
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Registro digital (IUS): 806012
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 912
Amparo en revisión en materia de trabajo 1540/47. Compañía Minera Asarco, S. A., Unidad de Charcas, S. L. P. 28 de abril de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Hermilo López Sánchez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.13o.T.76 L (10a.). ENFERMEDAD PROFESIONAL (HIPOACUSIA). SU EXISTENCIA SE ACREDITA CUANDO SE DEMUESTRA QUE EL TRABAJADOR DESARROLLÓ SUS ACTIVIDADES DURANTE UN PERIODO PROLONGADO EN UN MEDIO AMBIENTE RUIDOSO, AUN CUANDO EL DICTAMEN PERICIAL EN MATERIA AMBIENTAL DETERMINE QUE ÉSTE SE ENCONTRABA POR DEBAJO DEL LÍMITE MÁXIMO PERMITIDO POR LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS.
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