LABORALES

Artículo IUS 806087. TRABAJADORES DE CONFIANZA, NO ESTAN EXCLUIDOS DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJADORES DE CONFIANZA, NO ESTAN EXCLUIDOS DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.

La intención del legislador, claramente concebida en el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, no excluye de las estipulaciones del contrato colectivo de trabajo, a las personas que desempeñan puestos de confianza, salvo el caso de que se encuentren exceptuadas; por lo que si no concurre este requisito, las prerrogativas del pacto contractual beneficia también a las personas de que se trata.

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Registro digital (IUS): 806087

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1487

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 6283/47. Barrera C. viuda de Martínez Isabel. 7 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806087 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806087 de la J. Laborales SCJN?

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