LABORALES

Artículo IUS 806706. ENFERMEDADES PROFESIONALES. AGRAVACION DE LAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

ENFERMEDADES PROFESIONALES. AGRAVACION DE LAS.

El término de un año que fija el artículo 307 de la Ley Federal del Trabajo, no es para que dentro de él se rinda la justificación de la agravación de la enfermedad que el trabajador padece, en el procedimiento que las Juntas de Conciliación y Arbitraje tienen que seguir, pues su único alcance jurídico es el de determinar la caducidad de las reclamaciones que no se presenten dentro del año de la vida del convenio, pudiendo presentarse la comprobación de la agravación que padecía dentro de ese año, en el correspondiente juicio y con citación de la parte demandada.

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Registro digital (IUS): 806706

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2456

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 2081/45. Negociación Minera Santa María de la Paz y Anexas, en Matehuala, S. A. 17 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806706 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806706 de la J. Laborales SCJN?

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