Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Debe confirmarse la sentencia del inferior que concedió el amparo contra la multa impuesta a la parte quejosa, basada en las infracciones a los artículos 23 y 93 de la Ley Federal del Trabajo, por no celebrar contrato de trabajo por escrito con alguno de sus trabajadores y por no pagarle vacaciones anuales, ya que de acuerdo con la jurisprudencia de esta Suprema Corte, si las multas que imponen las autoridades administrativas, no se ajustan estrictamente a la ley, contra ellas procede conceder la protección de la Justicia Federal; y en la especie, dicho artículo 23 no da lugar a que el Estado intervenga y sancione su infracción y la del 93, en cuanto a la falta de pago de vacaciones, es sancionada por el artículo 677 de igual ordenamiento, y este precepto no sirvió de apoyo para imponer la multa de que se trata.
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Registro digital (IUS): 807301
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 1615
Amparo en revisión en materia de trabajo 4526/42. Artículos Mundet para Embotelladores, S. A. 21 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: José María Mendoza Pardo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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