Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Si el trabajador murió en un accidente y no fue posible rescatar su cadáver, está fuera de duda que sus dependientes económicos no tienen derecho al pago de las prestaciones a que se refiere la fracción I del artículo 296 de la Ley Federal del Trabajo.
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Registro digital (IUS): 807931
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1625
Amparo directo en materia de trabajo 8362/42. Andrade Miguel y coaga. 20 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Mendoza Pardo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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