Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
No siendo la resolución que se combate, un laudo, no cabe la apreciación de los hechos y de las pruebas en conciencia, y aun cuando así pudiera ser, ello no autorizaba a la Junta para hacer una interpretación arbitraria.
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Registro digital (IUS): 807970
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8289
Amparo en revisión en materia de trabajo 8199/42. "Condesa" S. de R. L. 30 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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