Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Cuando la prueba ha consistido en la declaración de dos testigos y sólo se demuestra que uno de ellos es inhábil, el laudo queda en pie, por la fe probatoria del otro, que por omisión de la demanda, o por no existir violación, no fue impugnada.
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Registro digital (IUS): 808060
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7926
Amparo directo en materia de trabajo 7266/42. Osuna de Carmona María Luisa. 26 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Eduardo Vasconcelos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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