Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Al adquirente de la empresa, como causahabiente del patrono anterior, le surten efectos los contratos de trabajo y las responsabilidades legales derivadas de éstos, y dicho causahabiente, desde el momento en que adquiere la propiedad de la empresa, debe apersonarse en el procedimiento pendiente contra el anterior patrono, por prestaciones de trabajo referentes a la misma empresa, siendo innecesario que se entable nuevamente juicio contra el patrono sustituto.
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Registro digital (IUS): 808210
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3920
Amparo en revisión en materia de trabajo 1314/42. V. de Holm Irma. 11 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Hermilo López Sánchez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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