Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Debe tenerse por justificada la pérdida de la confianza al obrero, por parte de la empresa, si está demostrado que ésta recibió un oficio del sindicato a que aquél pertenece, en el cual se expresa que la actitud del mismo obrero, trajo como consecuencia que se imputaran distintas faltas a otros trabajadores, y que el propio sindicato se vería en el caso de tomar medidas sindicales, a fin de poner remedio a esa situación. En efecto, el oficio indicado demuestra que la empresa tenía que sortear las dificultades que le creaba el trabajador, por lo que necesariamente tuvo que perder la confianza que en él había depositado.
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Registro digital (IUS): 808345
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7433
Amparo directo en materia de trabajo 77/42. Mancinelli Radoni Augusto. 23 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Antonio Islas Bravo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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