LABORALES

Artículo IUS 808474. CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO.

Las revisiones que autoriza el artículo 307 de la Ley Federal de Trabajo, sólo pueden realizarse dentro del año siguiente a partir de la fecha en que se haya fijado la incapacidad del trabajador, por convenio o laudo.

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Registro digital (IUS): 808474

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3868

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 2525/42. Molina Magdaleno José. 14 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Quinta Epoca:Tomo LXXIII, página 8393. Indice Alfabético. Amparo en revisión 2512/42. Castillo S. Teodoro. 14 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808474 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808474 de la J. Laborales SCJN?

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