LABORALES

Artículo IUS 808534. ENFERMEDADES PROFESIONALES, PRUEBA DE LAS

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

ENFERMEDADES PROFESIONALES, PRUEBA DE LAS

Si el patrono demandado, al contestar la reclamación instaurada en su contra, por el pago de la indemnización correspondiente, por la muerte de un trabajador, a consecuencia de una enfermedad profesional, manifestó que dicho trabajador le prestó servicios en un plazo muy corto y que por lo mismo, no pudo contraer, estando a su servicio, la enfermedad profesional que le ocasionó la muerte, debe estimarse que, dada la negativa del patrono, correspondía a la parte actora rendir las pruebas relativas a la existencia del riesgo profesional y a que éste se verificó estando el trabajador al servicio del demandado.

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Registro digital (IUS): 808534

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2905

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 391/41. Pizarro viuda de Muñoz Sabina y coags. 25 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Mendoza Pardo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808534 del LABORALES?

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