Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Corresponde a la Suprema Corte de Justicia resolver el conflicto jurisdiccional entre dos Juntas Centrales de Conciliación y Arbitraje de diversos Estados, según lo dispuesto por el artículo 438, fracción IV, inciso "A", de la Ley Federal del Trabajo.
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Registro digital (IUS): 809288
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3465
Competencia 335/34. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de San Luis Potosí y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de Saltillo. 3 de diciembre de 1934. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Salvador Urbina y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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