Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Del texto de los artículos 84 y 96 de la Ley Federal del Trabajo, se desprende que el salario no consiste únicamente en la cantidad de dinero, que en forma regular y periódica, paga el patrono al trabajador, sino, además, en todas las ventajas económicas establecidas en un contrato de trabajo, en favor del trabajador, en atención a la clase de trabajo y a las condiciones de forma o lugar en que se desempeñe; como sucede con la cantidad que se paga por día, para gastos de viaje.
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Registro digital (IUS): 809317
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1874
Amparo en revisión en materia de trabajo 6021/34. Navarro Carlos. 2 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 809316. CONTRATOS DE TRABAJO, SUSPENSION TEMPORAL DE LOS.
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Art. IUS 809323. LAUDOS, CONSENTIMIENTO DE LOS.
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