LABORALES

Artículo IUS 809346. SALARIOS ATRASADOS, PAGO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

SALARIOS ATRASADOS, PAGO DE.

Si se reclama en amparo el laudo que condena al pago de salarios atrasados, la suspensión debe concederse mediante fianza, puesto que dichos salarios no suponen la urgencia de que se ejecute el laudo.

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Registro digital (IUS): 809346

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1369

Precedentes

Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 1262/33. Ortega Manzanilla José E. 5 de octubre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809346 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809346 de la J. Laborales SCJN?

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