LABORALES

Artículo IUS 809601. CONFLICTOS DE OBREROS, RESPONSABILIDAD RESULTANTE DE LOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

CONFLICTOS DE OBREROS, RESPONSABILIDAD RESULTANTE DE LOS.

Cuando la responsabilidad proveniente de conflictos obreros no ha sido todavía reglamentada, no puede la Junta, a falta de disposición expresa, hacer nueva condenación, por concepto de responsabilidad del conflicto, fundándose en principios de equidad, que resultarían fijados al arbitrio de la autoridad responsable; pues de ser así, se conculcarían, en perjuicio del demandado, las garantías que le otorgan los artículos 14 y 16 constitucionales, ya que la condenación no se fundaría en ninguna ley exactamente aplicable al caso, y, por consiguiente, no estaría fundada ni motivada.

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Registro digital (IUS): 809601

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2163

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 689/30. Ferrocarriles Nacionales de México. 12 de noviembre de 1931. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809601 del LABORALES?

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