Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Las leyes locales no pueden investir a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, de las facultades necesarias para ejecutar sus fallos, ya que la Constitución misma no les concede tales facultades.
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Registro digital (IUS): 811047
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 959
Amparo administrativo en revisión. Freeport and Mexican Fuel Oil Corporation. 6 de septiembre de 1920. Unanimidad de diez votos. Ausente: Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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