Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Si el trabajador, mediante un convenio celebrado ante la autoridad laboral, dio por terminadas sus relaciones de trabajo con la empresa, y con posterioridad a dicho convenio el trabajador asiste al centro de labores para adiestrar a la persona que iba a sustituirlo, esta circunstancia en manera alguna implica la existencia de una nueva contratación, dado que la presencia del empleado en el centro de trabajo no fue para prestar el servicio que realizaba en beneficio de la parte patrona.TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CUARTO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 811944
Clave: 10
Fuente: Informes
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1988, Parte III; Pág. 1003
Amparo directo 264/88. Raúl Amilcar Marrufo Rosado. 30 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Perfecto Baranda Berrón. Secretaria: María Elena Valencia Solís.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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