LABORALES

Artículo 10 . PERSONAS MORALES, REPRESENTACION DE LAS. INTERPRETACION DEL ARTICULO 692, FRACCION III, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PERSONAS MORALES, REPRESENTACION DE LAS. INTERPRETACION DEL ARTICULO 692, FRACCION III, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Si en un testimonio notarial exhibido ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje por quien se ostenta como representante de una persona moral, en Ley Federal del Trabajo. Si en un testimonio notarial hizo constar en el propio testimonio a virtud del cual el representante legal de dicha sociedad otorgó a favor del compareciente ante la Junta, poder para representarla en juicio, que en ese acto tuvo a la vista un diverso testimonio notarial en que se señala que por acuerdo de asamblea de accionistas se otorgó al representante legal, entre otros, "facultad expresa para otorgar poderes y revocarlos", el precisado testimonio cumple en el caso con lo dispuesto por la fracción III, del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, en cuanto a la comprobación previa de que quien le otorgó poder al compareciente al juicio está legalmente autorizado para ello; atento a que de la interpretación literal de dicho dispositivo, se desprende que en el caso no se exige la exhibición de la escritura constitutiva de la sociedad en que se contengan las facultades para otorgar poderes en favor de terceras personas por parte de su representante legal o que se precise que un tanto o de la propia escritura se haya mandado agregar el Apéndice respectivo, ya el caso concreto de una sociedad anónima, el fedatario público lo dispuesto por el señalado precepto legal; bastando por tanto, que el fedatario público haya hecho constar en el testimonio respectivo, haber tenido a la vista el documento correspondiente.TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO OCTAVO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 812045

Clave: 10

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1988, Parte III; Pág. 1067

Precedentes

Amparo en revisión 247/87. Sarafe, S. A. 23 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Julio López Beltrán. Secretario: Héctor Manuel Salvador Pérez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del LABORALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la J. Laborales SCJN?

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