LABORALES

Artículo IUS 813103. INDEMNIZACION POR RIESGOS PROFESIONALES.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

INDEMNIZACION POR RIESGOS PROFESIONALES.

Si al fallecer un obrero ya no tenía liga alguna contractual con la demandada, los dependientes económicos de aquél, carecen de acción para reclamar la indemnización del mismo a consecuencia de que su muerte hubiere sido ocasionada por accidente o enfermedad profesionales.

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Registro digital (IUS): 813103

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1943; Pág. 26

Precedentes

Amparo directo 9946/42. Rita Nava y coagraviados. 29 de abril de 1943. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813103 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813103 de la J. Laborales SCJN?

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