Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
El accidente sufrido por un obrero en el desempeño de un trabajo, aun cuando éste fuera distinto de aquél para el que fue contratado, constituye un riesgo profesional y, por ende, da derecho al cobro de la indemnización correspondiente.
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Registro digital (IUS): 813104
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1943; Pág. 34
Amparo directo 3795/42. Emiliano Torres. 1o. de marzo de 1943. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 813105. RIESGOS PROFESIONALES.
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