LABORALES

Artículo IUS 813298. DESPIDO DEL TRABAJO.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

DESPIDO DEL TRABAJO.

Ninguna disposición legal obliga al patrón a dar a conocer al trabajador en el momento del despido las causas que tiene para rescindir el contrato de trabajo, siendo en el juicio originado por la demanda del segundo donde debe expresar, al formular su contestación, cuáles fueron los motivos que lo impulsaron a hacerlo; por lo mismo, el hecho de que el patrón innecesariamente diga al trabajador que su separación la fundó en determinadas causas, no lo impide en el juicio hacer valer otras que haya tenido para rescindir el contrato.

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Registro digital (IUS): 813298

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1959; Pág. 16

Precedentes

Amparo directo 7826/58. Pedro Meneses Olvera. 14 de octubre de 1959. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813298 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813298 de la J. Laborales SCJN?

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