LABORALES

Artículo IUS 813617. SUSPENSION DEL CONTRATO DE TRABAJO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

SUSPENSION DEL CONTRATO DE TRABAJO.

Si el contrato de trabajo del quejoso estuvo en suspenso a virtud de un proceso penal que se le siguió conforme a lo dispuesto por el artículo 116, fracción IX, de la Ley Federal del del Trabajo, dicha suspensión no reporta responsabilidad para el patrono, y, por tanto, la pretensión del trabajador de que se le paguen los salarios que debió percibir en el lapso de dicha suspensión, es improcedente.

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Registro digital (IUS): 813617

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1940; Pág. 43

Precedentes

Amparo 1439/39. Eduardo Ortiz García. 9 de agosto de 1940. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813617 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813617 de la J. Laborales SCJN?

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