Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Cuando la responsable omite poner en el engrose del laudo la fecha de su pronunciamiento pero consta de autos de fecha del acta de votación, en la que se aprobó el dictamen elevándose a la categoría de laudo, debe tenerse como fecha del laudo la de la referida acta, porque jurídicamente el laudo fue pronunciado al aprobarse el dictamen.
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Registro digital (IUS): 813903
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1951; Pág. 12
Amparo directo 6620/50. Unión de Trabajadores de la Industria del Radio en el Estado de Veracruz. 2 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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