Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje no pueden declararse incompetentes para conocer de un conflicto, absteniéndose de fallar en el fondo, por haberse negado por el demandado la existencia de contrato de trabajo.
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Registro digital (IUS): 813972
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 36
Revisión 565/42. Estéfana Palos. 7 de mayo de 1942. La publicación no menciona la votación del asunto ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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