LABORALES

Artículo IUS 814023. INCAPACIDAD DE UN OBRERO.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

INCAPACIDAD DE UN OBRERO.

Si un trabajador demanda su reinstalación en un puesto compatible con la incapacidad que le resultó de un accidente de trabajo, y el patrón, al contestar la reclamación manifiesta que no se opone a dicha reinstalación, la Junta estaba obligada a resolver esta cuestión en el laudo, tanto por no haber emitido oposición el demandado a la petición del actor, como por estar determinada en los artículos 318 y 319 de la Ley Federal del Trabajo la obligación de los patrones de reponer a estos trabajadores en cuanto estén capacitados para volver al servicio, estableciéndose que sino pueden desempeñar su trabajo primitivo, pero sí otro cualquiera, debe asimismo proporcionárselo, en caso de ser posible esto.

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Registro digital (IUS): 814023

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1961; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 3397/60. Andrés Medina Reyes. 26 de junio de 1961. La publicación no menciona el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814023 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814023 de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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