Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Sustituido el laudo reclamado por otro nuevo, dictado por la Junta en acatamiento a una ejecutoria, de amparo, los efectos de la primera de resolución cesan, y deben sobreseerse en el juicio de conformidad con las fracciones XVI y III, respectivamente de los artículos 73 y 74 de la ley orgánica de los 103 y 107 Constitucionales.
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Registro digital (IUS): 814586
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 84
Amparo directo 3177/41. María Cristina Valdés viuda de Jurado. 12 de agosto de 1942. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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