LABORALES

Artículo IUS 814631. SALARIOS. LOS DE LOS OBREROS EXTRAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

SALARIOS. LOS DE LOS OBREROS EXTRAS.

El salario de un obrero extra se calcula promediando el que hubiera tenido el último mes antes de la reclamación, no debiendo tomarse como base el salario que percibía por hora, para establecer de ocho horas como jornada legal.

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Registro digital (IUS): 814631

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 111

Precedentes

Amparo directo 1595/42. Compañía del Ferrocarril Noroeste de México. 18 de agosto de 1942. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814631 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814631 de la J. Laborales SCJN?

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