LABORALES

Artículo IUS 814669. PRUEBA CONFESIONAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

PRUEBA CONFESIONAL.

Para que pueda tenerse por contestada afirmativamente alguna de las posiciones articuladas, en el caso de que el absolvente no conteste afirmativamente o negativamente, es preciso que la Junta que conoce del conflicto lo aperciba de tenerlo por confeso sobre la misma, como lo dispone el artículo 529 de la Ley Federal del Trabajo, pues de no hacerse así no es posible estimar, al valorar la prueba en el laudo, que existió confesión sobre el punto a que la pregunta se refiere.

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Registro digital (IUS): 814669

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1953; Pág. 25

Precedentes

Amparo directo 237/52/1a. García Rodríguez Nicolasa. 22 de enero de 1953.Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814669 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814669 de la J. Laborales SCJN?

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