LABORALES

Artículo IUS 814908. CONFORMIDAD CON EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

CONFORMIDAD CON EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.

Si una unión sindical, por razones de conveniencia económica o de otra índole, firma un contrato colectivo de trabajo, aceptando las bases fijadas en un laudo dictado por una Junta de Conciliación y Arbitraje y se da por terminada la huelga que motivó aquél, haciendo esto con pleno conocimiento, acepta estos actos, por lo cual es improcedente el amparo; a no ser que hubiese manifestado su conformidad con esas cláusulas, dejando a salvo sus derechos para acudir al juicio de garantías.

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Registro digital (IUS): 814908

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1930; Pág. 58

Precedentes

Amparo 391/30. Unión Sindical de Trabajadores de Camiones, "Guerrero, San Lázaro y Anexas". La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814908 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814908 de la J. Laborales SCJN?

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