LABORALES

Artículo IUS 814980. EXCEPCIONES.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

EXCEPCIONES.

La Suprema Corte de Justicia ha establecido que al formular su contestación en los juicios originados por el despido de un trabajador, el demandado no sólo debe enunciar escuetamente la causa que en su concepto justifica la rescisión del contrato de trabajo, sino que debe precisar de manera concreta cuáles son los hechos que configuran las causales de despido, tanto para permitir a la parte actora rendir pruebas en contrario respecto de las faltas que se le atribuyen, cuanto para los efectos de determinar si por la época en que sometieron tales faltas ha prescrito o no el derecho del patrón para fundar en ellas la rescisión del contrato.

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Registro digital (IUS): 814980

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1954; Pág. 18

Precedentes

Amparo directo 5286/53/2a. Jimbros, S. A. 2 de septiembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814980 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814980 de la J. Laborales SCJN?

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