LABORALES

Artículo IUS 815117. INDUSTRIA JABONERA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

INDUSTRIA JABONERA.

El caso de un conflicto entre una empresa o fábrica de jabón y sus operarios no está comprendido en ninguna de las excepciones establecidas en la fracción XXXI del artículo 123 de la Constitución General de la República; siendo así, la competencia para conocer del asunto incumbe a una Junta Local del Trabajo.

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Registro digital (IUS): 815117

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1946; Pág. 166

Precedentes

Competencia 53/44. Suscitada entre las Juntas Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Hidalgo y Federal de Conciliación Número Doce. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona la fecha de resolución ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815117 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815117 de la J. Laborales SCJN?

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