Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
El caso de un conflicto entre un trabajador y la empresa que se dedica a la industria chiclera explotando reservas forestales, mediante concesión federal, no está comprendido en los de excepción de competencia que enumera la fracción X del artículo 73 de la Constitución General de la República y, por tanto, corresponde a la jurisdicción de los tribunales locales del trabajo.
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Registro digital (IUS): 815883
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1938; Pág. 85
Competencia 70/38. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de Yucatán y la Federal de Conciliación y Arbitraje Número Seis. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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