LABORALES

Artículo IUS 816226. AGENTES A COMISION.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

AGENTES A COMISION.

Los agentes de ventas a comisión, si no tienen días fijos de trabajo ni determinado número de horas diarias para ejecutarlo, carecen de derecho para exigir el pago de salarios de los séptimos días y días festivos, debiéndose estimar que, en el monto de su comisión, están incluidos esos pagos.

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Registro digital (IUS): 816226

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 22

Precedentes

Amparo directo 6583/43. Barroeta Escoto Alfonso. 12 de abril de 1944. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816226 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816226 de la J. Laborales SCJN?

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