LABORALES

Artículo IUS 816232. AMPARO IMPROCEDENTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

AMPARO IMPROCEDENTE.

La renuencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para cumplir un laudo dictado por el Tribunal de Arbitraje, no da lugar a un juicio de amparo, toda vez que los actos que ejecuta no son en su carácter de autoridad, sino como cualquier particular que contendió con otro ante el Tribunal de Arbitraje, siendo este último el facultado para llevar a cabo la ejecución del laudo, haciendo uso, en caso necesario, de los medios que le da el artículo 115 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión.

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Registro digital (IUS): 816232

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 23

Precedentes

Amparo en revisión 17/44. Molina Calderón Mariano. 12 de abril de 1944. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816232 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816232 de la J. Laborales SCJN?

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