LABORALES

Artículo IUS 817039. PRUEBAS. SU ADMISION SOLO ES PROCEDENTE CUANDO SE RINDEN DENTRO DEL TERMINO QUE AL EFECTO SEÑALA LA LEY. COMPETENCIA JURISDICCIONAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PRUEBAS. SU ADMISION SOLO ES PROCEDENTE CUANDO SE RINDEN DENTRO DEL TERMINO QUE AL EFECTO SEÑALA LA LEY. COMPETENCIA JURISDICCIONAL.

La Junta se negó a recibir una prueba que el quejoso no pudo rendir dentro del plazo legal. Como el mismo promovente reconoce que ofreció la prueba de que se trata, fuera del plazo legal, hay que estimar que la Junta responsable, al desecharla, no infringió garantía constitucional alguna, toda vez que la admisión de las pruebas sólo es procedente cuando se rinden dentro del término que al efecto señala la ley. No es el amparo el medio por el que deben resolverse las competencias jurisdiccionales, puesto que para la resolución de las mismas las leyes señalan tramitación especial.

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Registro digital (IUS): 817039

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1934; Pág. 147

Precedentes

Amparo 1715/30. Delgado Manuel . 29 de octubre de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817039 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817039 de la J. Laborales SCJN?

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